[ loading / cargando ]

Internacional   

Guerra al lavado de Activos: la victoria imposible

Diego Cabezuela, Presidente de In Law Alliance,  March 21, 2024

La concienciación internacional unánime sobre la prioridad de prevenir y reprimir el blanqueo de capitales es uno de los acontecimientos más singulares de las últimas décadas. La Convención de las Naciones Unidas contra la delincuencia organizada de 2000 marcó un punto de partida universal en la lucha contra el blanqueo de capitales.

La magnitud del fenómeno produce consternación. Aunque es arriesgado hacer estimaciones sobre el montante del dinero que escapa al control de los Estados, el cálculo realizado por el Fondo Monetario Internacional, del 2% al 5% del PIB mundial, no puede ser más expresivo. El volumen de las transacciones que se realizan en los mercados financieros se aproxima a los 100 millones de dólares por segundo. Es un volumen ingente, e imposible evitar que los blanqueadores combinen, en sólo unos minutos, operaciones de muchos millones para ocultar/aflorar dinero procedente del crimen. 

El atentado de las Torres Gemelas en 2001 dio una nueva y terrible  dimensión al problema, al poner ante los ojos de la Comunidad Internacional que el blanqueo no es solo un grave quebranto a la economía de los Estados, sino también una fuente de financiación de las formas más crueles del terrorismo. Ese mismo año, Estados Unidos aprobó la denominada Patriot Act, con un conjunto de enérgicas medidas contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo, que demandaban de las entidades financieras programas de prevención mucho más potentes y un aumento de los informes de diligencia debida sobre las cuentas bancarias en el extranjero.

La Unión Europea, que ya en 1991 había aprobado una Directiva para  control del blanqueo, ha publicado cuatro más desde entonces, una de ellas ese mismo año, 2001, endureciendo sus instrumentos de lucha y haciendo frente a las nuevas modalidades de blanqueo. Ahora se prepara un Reglamento Europeo, que unificará la normativa de los Estados y la creación de una Autoridad Europea, la AMLA (Anti-Money Laudering Autority) con sede en Frankfurt, que coordinará las Autoridades de Información Financiera nacionales.   

Por su parte, el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) se ha ido convirtiendo en referente mundial en la lucha contra la corrupción y el blanqueo. Sus conocidas 40 Recomendaciones y sus periódicas evaluaciones a los Estados, han terminado con la apatía de gran parte de ellos. La inclusión de un país en una lista negra o gris ha pasado a convertirse en un estigma de primer orden, que provoca recelo y rechazo en el comercio internacional. Nadie quiere ya estar en estas listas.
En Iberoamérica, gran número de Estados han hecho o están haciendo suyas todas o la mayor parte de las Recomendaciones del GAFI.

La creación del GAFILAT, formado por 18 países de la región, ha impulsado en la región un buen armazón legislativo de lucha contra el blanqueo. También el Fondo Monetario Internacional, el Banco Mundial y el Banco Interamericano de Desarrollo están apoyando a los países de la zona en el fortalecimiento de sus sistemas de supervisión financiera. Sin embargo, las debilidades estructurales y los problemas de corrupción que arrastran algunos de ellos, dificultan –en realidad, hacen imposible-- la efectividad real de las medidas legislativas adoptadas. La corrupción frustra las propias investigaciones de blanqueo de capitales, y algunas economías de América Latina y el Caribe se han convertido en centros de blanqueo, donde los grupos criminales campan a sus anchas y transforman sus ganancias a placer.    

El camino es largo y resta mucho por hacer

En términos generales, la lucha contra el blanqueo de capitales se concentra en dos fases: la prevención y la represión.

Con la prevención se intenta evitar, mediante controles rigurosos del dinero, seguimiento de los clientes y socios de negocio (el proceso llamado KYC, "know your client") que el blanqueo de capitales pueda llegar a perpetrarse. Las entidades financieras tienen la responsabilidad principal de implementar medidas capaces de dar la alerta ante cualquier intento, y de comunicar las sospechas a la Autoridad de Información Financiera. Pero todas las organizaciones, grandes o pequeñas, cada una a su nivel, están igualmente obligadas a protegerse del riesgo de utilizar o ser utilizadas en movimientos de fondos procedentes de la corrupción o el narcotráfico. 

En cuanto a su represión, asistimos en los últimos años a una  expansión asombrosa del delito de blanqueo en los Códigos Penales y a una agravación considerable, a veces desmesurada, de las penas de prisión, empujadas por el escrutinio permanente del GAFI a los Estados, y también por la influencia de la OCDE. Pero una lucha eficaz contra el blanqueo requiere un alcance mucho más ambicioso que la extensión o agravación de los tipos penales.  Ha de ser capaz de poner fin, de verdad, a la actividad delictiva (narcotráfico, fraude fiscal, corrupción, etc.), de forma que el desmantelamiento de una organización criminal no se termine en la detención y encarcelamiento de los delincuentes. Es preciso llegar hasta el fondo de su sistema financiero, intervenirlo y neutralizarlo, porque, si esto no se hace, las organizaciones criminales se reproducen, como la hidra, a toda velocidad.  

La aparición en 2009, de los criptoactivos, sin ninguna regulación legal, y con su enorme potencial de anonimato, abrió un nuevo y sugestivo escenario  que hizo las delicias de los blanqueadores. Según datos de Europol, el blanqueo de capitales mediante criptomonedas aumentó en un 30 %, sólo en 2021, y algunas estimaciones de ese mismo año calculaban que la capitalización total del mercado de criptomonedas había alcanzado en el mes de Noviembre su máximo histórico, con 2,6 billones de euros.  El auge de esta nueva economía –en realidad, ya no tan nueva— es sencillamente meteórico.

Gracias a su anonimato, velocidad y transnacionalidad, los criptoactivos son un instrumento tentador, y relativamente seguro, para hacer circular el dinero sucio por todo el mundo.

En 2018, la Unión Europea, alarmada por este agujero de impunidad, convirtió en sujetos obligados --y por tanto, sujetos a deberes de control, seguimiento de negocios, etc— a los proveedores de servicios de cambio de moneda virtual por moneda fiduciaria y a los de monederos electrónicos. Mucho más recientemente, ha publicado el Reglamento Europeo denominado MiCA (Markets in Crypto-Assets), que incluye una ambiciosa regulación de los criptoactivos, obligatoria en todos los Estados de la Unión y  cuya entrada en vigor ya se está produciendo, de manera escalonada. Aunque la evolución del fenómeno cripto es tan vertiginosa, que todavía es pronto para valorar la eficacia de estas iniciativas.  

En Iberomérica, la situación es bastante diferente. Las regulaciones sobre criptoactivos son fragmentarias y con diferencias muy sustanciales entre los países. Cada autoridad financiera estatal está desarrollando sus propias normas, sin preocuparse especialmente por diseñar una legislación convergente con las de otros Estados, que permita pensar en una próxima cooperación legal y judicial en esta materia. Las divergencias son de tal calado que, a modo de ejemplo, mientras en El Salvador el bitcoin es moneda de curso legal, e integrada en el sistema financiero estatal, desde hace tres años, en Bolivia ha estado absolutamente prohibido desde 2014 hasta ahora.

Los criptoactivos son una realidad fascinante que, con toda seguridad, va a transformar profundamente nuestro mundo económico en muy poco tiempo. Pero habitan en una zona de alto riesgo, una verdadera autopista para la circulación descontrolada de dinero o activos. Es imprescindible que los Estados desarrollen una normativa fuerte y coordinada.

Sobre Diego Cabezuela:
Diego Cabezuela es abogado y Presidente de In Law Alliance of Lawfirms, así como Senior Partner de Círculo Legal (España). 

In Law Alliance es una red de despachos internacionales especializados en el derecho de negocios. Fue creada en 2006 en Panamá, y tiene como objetivo la prestación de servicios jurídicos, informes y asesoramiento en todas las áreas vinculadas a empresa y los negocios.

Suscribe to our newsletter;

 

Our social media presence

  

  

  
 

  2018 - All rights reserved